La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el artículo 6, fracción XII, inciso d), numeral 2) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado contraviene el principio de seguridad social tutelado en el artículo 123 constitucional, al restringir el derecho del padre o de la madre a recibir la pensión por ascendencia derivada de la muerte del hijo o hija trabajador o pensionado, por contar con una pensión por jubilación.
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Fuente: SCJN