Comunicado de prensa de la SCJN: Beneficiarios de trabajador o pensionado fallecido

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el artículo 6, fracción XII, inciso d), numeral 2) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado contraviene el principio de seguridad social tutelado en el artículo 123 constitucional, al restringir el derecho del padre o de la madre a recibir la pensión por ascendencia derivada de la muerte del hijo o hija trabajador o pensionado, por contar con una pensión por jubilación.

Para consultar el comunico completo: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7014

Fuente: SCJN

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