Cadena de titularidad y de control para determinar al beneficiario controlador.

¿Sabes qué es la cadena de titularidad y control para determinar el beneficiario controlador de una sociedad mercantil, para efectos fiscales?

En el contexto fiscal y legal en México, el término “beneficiario controlador” se refiere a una figura importante en las empresas y organizaciones, especialmente en el ámbito de las sociedades mercantiles.

El beneficiario controlador es la persona física que ejerce control sobre una entidad, ya sea directa o indirectamente y que se beneficia de los ingresos y activos de esa entidad y uno de los elementos para identificarlo en la sociedad es la cadena de titularidad y control.

La Regla 2.8.1.20. de la RMF 2023, define cadena de titularidad como “el supuesto en que se ostente la propiedad indirecta, a través de otras personas morales”.

También define como cadena de control al “supuesto en que se ostente el control indirectamente, a través de otras personas morales, fideicomisos o cualquier otra figura jurídica”.

Dicho de otra forma, la cadena de titularidad y la cadena de control son el conjunto de entidades intermedias que existen entre un potencial beneficiario controlador y la sociedad que implementa el registro. Su diferencia reside en la forma en que el beneficiario controlador ejerce el control sobre la entidad evaluada.

Si el Beneficiario Controlador ejerce el control a través de la titularidad indirecta de partes sociales (inciso c, fracción II, Artículo 32-B Quáter del CFF), las entidades que existan entre este y la entidad evaluada será la cadena de titularidad. Por su parte, si el beneficiario controlador ejerce indirectamente el control de cualquier otra forma distinta a la propiedad accionaria (incisos a y b del citado ordenamiento), las entidades intermedias entre este y la entidad evaluada serán la cadena de control.

En el caso de las cadenas de control, el control indirecto puede ostentarse “a través de otras personas morales, fideicomisos o cualquier otra figura jurídica”.

En contraste, la cadena de titularidad se actualiza cuando se ostente la propiedad indirecta “a través de otras personas morales”, en consecuencia, limitando a que las cadenas de titularidad únicamente puedan conformarse de personas morales.

Identificar la cadena de titularidad o de control de una sociedad no implica que las entidades intermedias estén exentas de cumplir.

Cada una de las entidades involucradas en un esquema corporativo que lleve a la identificación de un Beneficiario Controlador deberán identificar a dichos beneficiario controlador relacionados y realizar su propio estudio de la cadena de titularidad y cadena de control, si así le corresponde.

En caso de dudas o si requieres mayor información sobre el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los beneficiarios controladores, manda un correo electrónico a la dirección contacto@decapacsc.com y con gusto te atenderemos.

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